Sala Superior del TEPJF desecha impugnaciones contra reserva de 27 de 84 ayuntamientos para mujeres.


Es una decisión firme y definitiva.

Alejandro Rosas y Salvador Sosa Arroyo, fuera de la contienda por Tulancingo.


Ricardo Montoya
21/03/24

Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desecharon los recursos de impugnación promovidos en contra del acuerdo del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) de reservar 27 de los 84 municipios de la entidad en que los ocho partidos que participarán en las elecciones del próximo 2 de junio deberán registrar sólo a mujeres como candidatas a alcaldesas.

En lo que ya es una decisión final de la última instancia electoral, en sesión realizada este miércoles la Sala Superior del TEPJF mantuvo en firme el acuerdo 024 del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) sobre reglas inclusivas de postulación aprobado el 25 de febrero de 2024

Pese a las impugnaciones promovidas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) ;Movimiento Ciudadano (MC) y Partido del Trabajo (PT) así como del ya hoy exaspirante independiente Alejandro Rosas así como de Salvador Sosa Arroyo, hijo de Damián Sosa, del Grupo Universidad que buscaban echar abajo la reserva en Tulancingo para poder ser postulados, ya es un hecho seguro de que en ese y otros 26 municipios solo habrá candidatas lo que garantiza el acceso de mujeres a gobiernos municipales que desees 1947 no han sido gobernados por feminas.

Los recursos legales que resultaron improcedentes están foliados con los números SUP-REC-84/2024, SUP-REC-88/2024, SUP-REC-89/2024 y SUP-REC-91/2024.

Los municipios reservados son : Tulancingo de Bravo, que es la segunda ciudad más importate del estado; Atotónico El Grande, Atotonilco de Tula, Calnali, Cardonal, Chapulhuacán, Chilcuautla, Eloxochitlán, Emiliano Zapata, Francisco I Madero, Huehuetla, Huichapan, Lolotla, Meztitlán, Nopala de Villagrán, Santiago de Anaya y Singuilucan.

También Tecozautla, Tenango de Doria, Tepetitlán, Tezontepec de Aldama, Tlahuelilpan, Tlahuiltepa, Tlanalapa, Tepeji del Río de Ocampo, Xochiatipan, y Yahualica. 

En todo momento los opositores a la reserva señalaron que con esa acción afirmativa se daba incumplimiento del artículo 119 del Código Electoral de Hidalgo

Ese artículo establece la obligación de los partidos políticos a conformar bloques de competitividad.Es decir, postular a mujeres en aquellos municipios o distritos donde esos institutos políticos tienen más posibilidad de ganar o rentabilidad política.

No obstante, en su momento la Sala Regional de la Ciudad de México del TEPJF señaló que dicho artículo sí se cumple de manera complementaria, es decir que el IEEH además de reservar 27 municipios, ordena a los partidos que asigne otros 15 a mujeres, para que se garantice la paridad lo cual fue ratificado por la Sala Superior.

También quedaron firmes otras acciones afirmativas, entre ellas la que establece que en 12 municipios con más de 50 mil habitantes habrá una fórmula en la planilla para ayuntamientos de la población LGBTTTIQ.

Esa docena de municipios son :Actopan, Atotonilco de Tula, Cuautepec de Hinojosa, Mineral de la Reforma, Pachuca de Soto, Tepeapulco, Tepeji del Río de Ocampo, Tezontepec de Aldama, Tizayuca, Tula de Allende, Tulancingo de Bravo y Zempoala.

También el que para diputaciones locales habrá una fórmula de persona joven de mayoría o en representación proporcional y una fórmula de candidatura migrante.