#Investigación 🔬| Julio Gálvez
22 de julio de 2026
La sucesión por la gubernatura de Hidalgo en 2028 comenzó a definirse no en las urnas ni en las encuestas, sino en la letra de la ley. Con la llamada “Ley Gobernadora” —o “Ley Esposa”— congelada en el Congreso local desde diciembre de 2025, y con el mandato de alternancia de género que ya rige en la Constitución estatal, la boleta que renovará el Poder Ejecutivo se perfila cruzada: Morena, PT y PVEM, quedaría jurídicamente obligado a postular a una mujer, mientras la principal coalición opositora —PRI, PAN y PRD— tendría que alternar y competir con un hombre.
El origen de esa aritmética está en el artículo 62 de la Constitución Política de Hidalgo, que obliga a cada partido a alternar el género de su candidatura a la gubernatura en cada periodo electivo. En 2022, Morena, PT y PVEM, postuló a un hombre, Julio Menchaca Salazar, hoy gobernador; la coalición integrada por PRI, PAN y PRD postuló a una mujer, Carolina Viggiano, actualmente senadora. Por ministerio de ese precepto, para 2028 los papeles se invierten: el oficialismo deberá ir con una mujer y la oposición con un hombre.
Ese equilibrio estuvo a punto de romperse. A finales de 2025, un bloque de legisladoras de Morena impulsó una reforma al segundo párrafo del mismo artículo 62 para establecer que, si el titular saliente es hombre, absolutamente todos los partidos quedaran obligados a postular únicamente mujeres a la gubernatura, forzando una boleta cien por ciento femenina. La propuesta —dos iniciativas paralelas, una de la diputada Hilda Miranda y otra de Diana Rangel Zúñiga— tocaba, además, la duración del mandato, y en ese punto hay una precisión que suele confundirse. Por una reforma que el propio Menchaca impulsó y que se publicó el 7 de marzo de 2023, la gubernatura que se elija en 2028 dura, hoy por hoy, apenas dos años —del 5 de septiembre de 2028 al 4 de septiembre de 2030—, una gubernatura pensada para empatar el calendario local con las elecciones federales de 2030. Lo que la iniciativa de Rangel Zúñiga buscaba era ampliar ese periodo de dos a cinco años, hasta septiembre de 2033, con el argumento de que resultaba injusto que la primera gobernadora de la historia asumiera con un mandato recortado, mientras que en 2030 podría abrirse un periodo completo de seis.
El proyecto, ya avalado en comisiones y listo para votarse el 22 de diciembre, se cayó ese mismo fin de semana. El detonante fue político y jurídico a la vez: la presidenta Claudia Sheinbaum señaló que la medida no era necesaria, pues la paridad ya está garantizada por los mecanismos vigentes del INE, y el propio gobernador Menchaca pidió al Congreso revisar su constitucionalidad para evitar impugnaciones. Horas después, los legisladores bajaron el dictamen. Quedó, en el lenguaje del propio Poder Legislativo, en pausa.
La objeción de fondo no es menor y explica por qué la iniciativa permanece congelada. Para una lista amplia de especialistas, dirigencias partidistas e incluso para el propio oficialismo nacional, obligar a que solo mujeres puedan contender por un cargo vulnera el orden constitucional. El artículo 1º de la Constitución federal prohíbe toda discriminación motivada por el género; el 4º consagra la igualdad entre la mujer y el hombre ante la ley; y el 35 reconoce a toda la ciudadanía —sin distinción de sexo— el derecho a ser votada. La paridad, incorporada al artículo 41 bajo la fórmula de “paridad en todo”, fue concebida como un piso para revertir la exclusión histórica de las mujeres y como un mecanismo de alternancia, no como una herramienta para excluir por completo a uno de los sexos. Bajo ese estándar, una regla que cierra la contienda a los hombres invierte la discriminación en lugar de corregirla y, para sus críticos, no supera el examen de proporcionalidad que la Suprema Corte exige a toda acción afirmativa.
A esa lectura se sumó un señalamiento más incómodo. La dirigencia nacional de Morena, encabezada por Luisa María Alcalde, anunció una acción de inconstitucionalidad contra la versión potosina de la misma norma y advirtió que en 2027 su partido no llevaría familiares en la boleta, en alusión al riesgo de que estas reformas —bautizadas en varios estados como “Ley Esposa”— sirvieran para pavimentar la candidatura de cónyuges de gobernadores en funciones antes de que, en 2030, entre en vigor la reforma federal contra el nepotismo. En San Luis Potosí, donde sí se aprobó, el gobernador Ricardo Gallardo terminó vetándola tras las impugnaciones; en Nuevo León y otras entidades corrió una suerte similar.
Mientras la gubernatura queda atada al mandato de alternancia, el tablero municipal se reordena por otra vía. Este 22 de julio, la diputada Lizbeth Irais Ordaz Islas presentó ante el Congreso una iniciativa de reforma al Código Electoral que divide a los 84 municipios en dos bloques de 42 en estricto orden alfabético: un grupo de postulación exclusiva para mujeres y otro de postulación abierta para el proceso 2026-2027, con la regla invirtiéndose en el ciclo siguiente. La propuesta se apoya en la reforma federal conocida como “Plan B” —la modificación a los artículos 115, 116 y 134 constitucionales impulsada por la Presidencia y ya ratificada por el Congreso hidalguense en abril—, que comprime los cabildos a un máximo de quince regidurías y una sola sindicatura bajo el argumento de la austeridad republicana. Esa reingeniería regirá la elección concurrente de 2027, en la que Hidalgo renovará sus ayuntamientos y sus diputaciones locales de manera simultánea a la intermedia federal. Para que aplique, la reforma local debe publicarse antes del arranque formal del proceso, previsto a mediados de septiembre; de no legislarse, el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) emitiría los criterios de paridad a más tardar el 15 de octubre.
Es en ese engranaje donde una auditoría procesal que realizó este medio, identifica lo que denomina “trampas legales”. El dictamen sostiene que la supresión de la Sindicatura de Primera Minoría —la figura que históricamente permitía a la segunda fuerza vigilar desde dentro el gasto municipal— concentraría el cien por ciento de la representación legal y hacendaria en la planilla ganadora y abriría la puerta a un manejo sin contrapeso de los presupuestos de las principales ciudades justo antes de 2028. El análisis advierte también que admitir certificados de médicos privados para acreditar discapacidad podría vaciar de contenido esa acción afirmativa, y que trasladar el monitoreo de medios del órgano plural a la estructura técnica del IEEH reduciría la vigilancia sobre la equidad en las coberturas.
El punto más delicado del documento es el régimen transitorio. Una cláusula permitiría a los partidos reelegir a un alcalde hombre en un municipio reservado para mujeres a condición de “compensar” con una candidatura femenina en el municipio abierto de mayor rentabilidad electoral; esa mecánica, plantea el análisis a manera de hipótesis, podría emplearse para desplazar por la vía de la cuota a liderazgos incómodos en plazas de peso como Pachuca, Tula de Allende, Mineral de la Reforma o Huejutla de Reyes, hoy encabezadas por Jorge Reyes, Cristhian Martínez, Eduardo Medécigo y Alfredo San Román, respectivamente. Se trata de una lectura interpretativa del articulado y no de una conducta acreditada: ninguno de los alcaldes mencionados ha sido señalado en procedimiento alguno por este motivo, y la iniciativa aún no se dictamina.
El hilo que une ambas reformas es la sucesión. Por el artículo 62 vigente, ningún hombre de Morena podrá aspirar a la gubernatura en 2028, lo que de entrada retira de la ecuación a los liderazgos masculinos del oficialismo. Y si el andamiaje municipal termina aprobado en los términos que describe la auditoría, esos mismos liderazgos —atrincherados en sus alcaldías— quedarían expuestos a perder incluso la reelección local por decisión de la dirigencia. El escenario que proyecta el documento es un oficialismo sin competencia interna real, alineado tras la mujer que definan el gobierno estatal y la cúpula partidista, frente a una oposición que conservará al menos la posibilidad de postular a un hombre gracias, paradójicamente, a que la “Ley Esposa” fue frenada.
La incógnita que queda abierta es doble. Primero, la duración del mandato: mientras la reforma siga congelada, la regla vigente manda, y quien gane en 2028 gobernará solo dos años —del 5 de septiembre de 2028 al 4 de septiembre de 2030—, no cinco. La ampliación hasta 2033 viajaba en el mismo vagón que la “Ley Gobernadora” y duerme con ella en la congeladora, de modo que, por ahora, la próxima gubernatura nace recortada: la primera mujer que, por alternancia, encabezaría a Morena llegaría al cargo con un mandato de la mitad de duración que el de un sexenio ordinario. Segundo, si alguna de las piezas de esta arquitectura terminará, como ocurrió en San Luis Potosí, ante la Suprema Corte. Mientras tanto, el calendario corre: septiembre para publicar la reforma, octubre para fijar las reglas de paridad y 2027 como el ensayo general de una elección de gobernador que, en el papel, ya empezó a escribirse.
El origen de esa aritmética está en el artículo 62 de la Constitución Política de Hidalgo, que obliga a cada partido a alternar el género de su candidatura a la gubernatura en cada periodo electivo. En 2022, Morena, PT y PVEM, postuló a un hombre, Julio Menchaca Salazar, hoy gobernador; la coalición integrada por PRI, PAN y PRD postuló a una mujer, Carolina Viggiano, actualmente senadora. Por ministerio de ese precepto, para 2028 los papeles se invierten: el oficialismo deberá ir con una mujer y la oposición con un hombre.
Ese equilibrio estuvo a punto de romperse. A finales de 2025, un bloque de legisladoras de Morena impulsó una reforma al segundo párrafo del mismo artículo 62 para establecer que, si el titular saliente es hombre, absolutamente todos los partidos quedaran obligados a postular únicamente mujeres a la gubernatura, forzando una boleta cien por ciento femenina. La propuesta —dos iniciativas paralelas, una de la diputada Hilda Miranda y otra de Diana Rangel Zúñiga— tocaba, además, la duración del mandato, y en ese punto hay una precisión que suele confundirse. Por una reforma que el propio Menchaca impulsó y que se publicó el 7 de marzo de 2023, la gubernatura que se elija en 2028 dura, hoy por hoy, apenas dos años —del 5 de septiembre de 2028 al 4 de septiembre de 2030—, una gubernatura pensada para empatar el calendario local con las elecciones federales de 2030. Lo que la iniciativa de Rangel Zúñiga buscaba era ampliar ese periodo de dos a cinco años, hasta septiembre de 2033, con el argumento de que resultaba injusto que la primera gobernadora de la historia asumiera con un mandato recortado, mientras que en 2030 podría abrirse un periodo completo de seis.
El proyecto, ya avalado en comisiones y listo para votarse el 22 de diciembre, se cayó ese mismo fin de semana. El detonante fue político y jurídico a la vez: la presidenta Claudia Sheinbaum señaló que la medida no era necesaria, pues la paridad ya está garantizada por los mecanismos vigentes del INE, y el propio gobernador Menchaca pidió al Congreso revisar su constitucionalidad para evitar impugnaciones. Horas después, los legisladores bajaron el dictamen. Quedó, en el lenguaje del propio Poder Legislativo, en pausa.
La objeción de fondo no es menor y explica por qué la iniciativa permanece congelada. Para una lista amplia de especialistas, dirigencias partidistas e incluso para el propio oficialismo nacional, obligar a que solo mujeres puedan contender por un cargo vulnera el orden constitucional. El artículo 1º de la Constitución federal prohíbe toda discriminación motivada por el género; el 4º consagra la igualdad entre la mujer y el hombre ante la ley; y el 35 reconoce a toda la ciudadanía —sin distinción de sexo— el derecho a ser votada. La paridad, incorporada al artículo 41 bajo la fórmula de “paridad en todo”, fue concebida como un piso para revertir la exclusión histórica de las mujeres y como un mecanismo de alternancia, no como una herramienta para excluir por completo a uno de los sexos. Bajo ese estándar, una regla que cierra la contienda a los hombres invierte la discriminación en lugar de corregirla y, para sus críticos, no supera el examen de proporcionalidad que la Suprema Corte exige a toda acción afirmativa.
A esa lectura se sumó un señalamiento más incómodo. La dirigencia nacional de Morena, encabezada por Luisa María Alcalde, anunció una acción de inconstitucionalidad contra la versión potosina de la misma norma y advirtió que en 2027 su partido no llevaría familiares en la boleta, en alusión al riesgo de que estas reformas —bautizadas en varios estados como “Ley Esposa”— sirvieran para pavimentar la candidatura de cónyuges de gobernadores en funciones antes de que, en 2030, entre en vigor la reforma federal contra el nepotismo. En San Luis Potosí, donde sí se aprobó, el gobernador Ricardo Gallardo terminó vetándola tras las impugnaciones; en Nuevo León y otras entidades corrió una suerte similar.
Mientras la gubernatura queda atada al mandato de alternancia, el tablero municipal se reordena por otra vía. Este 22 de julio, la diputada Lizbeth Irais Ordaz Islas presentó ante el Congreso una iniciativa de reforma al Código Electoral que divide a los 84 municipios en dos bloques de 42 en estricto orden alfabético: un grupo de postulación exclusiva para mujeres y otro de postulación abierta para el proceso 2026-2027, con la regla invirtiéndose en el ciclo siguiente. La propuesta se apoya en la reforma federal conocida como “Plan B” —la modificación a los artículos 115, 116 y 134 constitucionales impulsada por la Presidencia y ya ratificada por el Congreso hidalguense en abril—, que comprime los cabildos a un máximo de quince regidurías y una sola sindicatura bajo el argumento de la austeridad republicana. Esa reingeniería regirá la elección concurrente de 2027, en la que Hidalgo renovará sus ayuntamientos y sus diputaciones locales de manera simultánea a la intermedia federal. Para que aplique, la reforma local debe publicarse antes del arranque formal del proceso, previsto a mediados de septiembre; de no legislarse, el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) emitiría los criterios de paridad a más tardar el 15 de octubre.
Es en ese engranaje donde una auditoría procesal que realizó este medio, identifica lo que denomina “trampas legales”. El dictamen sostiene que la supresión de la Sindicatura de Primera Minoría —la figura que históricamente permitía a la segunda fuerza vigilar desde dentro el gasto municipal— concentraría el cien por ciento de la representación legal y hacendaria en la planilla ganadora y abriría la puerta a un manejo sin contrapeso de los presupuestos de las principales ciudades justo antes de 2028. El análisis advierte también que admitir certificados de médicos privados para acreditar discapacidad podría vaciar de contenido esa acción afirmativa, y que trasladar el monitoreo de medios del órgano plural a la estructura técnica del IEEH reduciría la vigilancia sobre la equidad en las coberturas.
El punto más delicado del documento es el régimen transitorio. Una cláusula permitiría a los partidos reelegir a un alcalde hombre en un municipio reservado para mujeres a condición de “compensar” con una candidatura femenina en el municipio abierto de mayor rentabilidad electoral; esa mecánica, plantea el análisis a manera de hipótesis, podría emplearse para desplazar por la vía de la cuota a liderazgos incómodos en plazas de peso como Pachuca, Tula de Allende, Mineral de la Reforma o Huejutla de Reyes, hoy encabezadas por Jorge Reyes, Cristhian Martínez, Eduardo Medécigo y Alfredo San Román, respectivamente. Se trata de una lectura interpretativa del articulado y no de una conducta acreditada: ninguno de los alcaldes mencionados ha sido señalado en procedimiento alguno por este motivo, y la iniciativa aún no se dictamina.
El hilo que une ambas reformas es la sucesión. Por el artículo 62 vigente, ningún hombre de Morena podrá aspirar a la gubernatura en 2028, lo que de entrada retira de la ecuación a los liderazgos masculinos del oficialismo. Y si el andamiaje municipal termina aprobado en los términos que describe la auditoría, esos mismos liderazgos —atrincherados en sus alcaldías— quedarían expuestos a perder incluso la reelección local por decisión de la dirigencia. El escenario que proyecta el documento es un oficialismo sin competencia interna real, alineado tras la mujer que definan el gobierno estatal y la cúpula partidista, frente a una oposición que conservará al menos la posibilidad de postular a un hombre gracias, paradójicamente, a que la “Ley Esposa” fue frenada.
La incógnita que queda abierta es doble. Primero, la duración del mandato: mientras la reforma siga congelada, la regla vigente manda, y quien gane en 2028 gobernará solo dos años —del 5 de septiembre de 2028 al 4 de septiembre de 2030—, no cinco. La ampliación hasta 2033 viajaba en el mismo vagón que la “Ley Gobernadora” y duerme con ella en la congeladora, de modo que, por ahora, la próxima gubernatura nace recortada: la primera mujer que, por alternancia, encabezaría a Morena llegaría al cargo con un mandato de la mitad de duración que el de un sexenio ordinario. Segundo, si alguna de las piezas de esta arquitectura terminará, como ocurrió en San Luis Potosí, ante la Suprema Corte. Mientras tanto, el calendario corre: septiembre para publicar la reforma, octubre para fijar las reglas de paridad y 2027 como el ensayo general de una elección de gobernador que, en el papel, ya empezó a escribirse.
