DENUNCIA CIUDADANA


Por Alonso Quijano.

A la redacción de este semanario ha llegado una denuncia ciudadana respecto del caso del señor Aureliano Carreón, quien desde hace 9 meses ha perdido los ingresos económicos derivados de la concesión de transporte público de las placas de circulación 52-88-FUE, mismos que ascienden a la cantidad total aproximada de 100,000 pesos, debido a la irregular actuación de autoridades de la Subsecretaría de Transporte de Hidalgo, a cargo de Roberto Terán Contreras. 

El día 1 de Junio de 2015, Gabriela García Alonso, Directora General de Normatividad, Operación y Evaluación de la Subsecretaría, ordenó el aseguramiento de las placas de circulación 52-88-FUE, las cuales se encontraron a nombre de la difunta esposa del señor Carreón, Rufina Alvarado Pérez, del 2 de abril de 1990 al 9 de diciembre de 2014. 

Sucedió que uno de sus hijos, de nombre Alfonso Carreón Alvarado, ejerciendo la representación de su madre mediante una simple carta poder que ya no contaba con eficacia jurídica en razón del fallecimiento de ésta desde un año antes, se constituyó ante la Subsecretaría con fecha 9 de diciembre de 2014 para que se le transmitieran los derechos de la concesión con expediente número 61-11-15-036-C, situación que la autoridad permitió sin un legítimo fundamento normativo, pues esa no es la forma en la que se puede adquirir una concesión de esa naturaleza. Todo esto aconteció tres meses antes de que Alfonso fuera privado de la vida. 

A la muerte del señor Alfonso, acaecida el 30 de julio de 2015, la familia Carreón Alvarado interpuso un recurso de reconsideración ante la Subsecretaría de Transporte de Hidalgo para recuperar la citada concesión e integrarla al inventario del juicio sucesorio de Rufina Alvarado Pérez, seguido ante los tribunales civiles, y poder así dejarlos a nombre de su progenitor, el señor Aureliano Carreón. Este recurso administrativo fue resuelto por la Subsecretaría con fecha 26 de febrero de 2016, decretando la recisión del permiso y placas de circulación 55-88-FUE.

Posteriormente, los deudos decidieron interponer un recurso revisión en contra de la determinación señalada lineas arriba. Sin embargo, el Subsecretario Terán Contreras lo declaró improcedente por ser “extemporáneo”, al haberse interpuesto el día 13 de abril del presente. No obstante que el propio organismo había citado a los familiares del fallecido para llevar a cabo una declaración, lo cual es evidencia de las irregularidades con las que la institución manejó este caso. 

Hoy el caso se encuentra ante el Tribunal Fiscal Administrativo del Estado de Hidalgo, instancia que deberá proveer respecto de la procedibilidad del recurso de revisión. Siendo esta instancia un medio legal y una posibilidad más para que el señor Aureliano Carreón, de 90 años de edad, pueda recuperar el patrimonio que alguna vez le permitió un sustento digno del cual fue privado por el desenvolvimiento arbitrario de la autoridad administrativa.