¿Estamos en Hidalgo preparados para no tener Ayuntamientos?



En los tiempos de la nueva normalidad debido al SARS-COV-2, la democracia hidalguense tiene que asumir nuevos retos y transformar una vez más su significado como lo hace según el lugar,  la época en la que se encuentra, o la situación que enfrenta la realidad presencial y ahora virtual. Desde la Grecia antigua la democracia es un concepto asociado con el poder del pueblo, sin embargo, su significado va más allá pasando por democracias representativas, participativas, liberales, democracias antiguas o modernas etcétera, concepciones que no son el objetivo de esta columna.

Al día de hoy la realidad del Estado de Hidalgo, tiene peculiaridades muy específicas; una de ellas es que se comenzó en noviembre de 2019, el proceso electoral para elegir planillas municipales para encabezar los 84 ayuntamientos que conforman el estado, lo cual no fue posible ya que el 19 de marzo del presente año se registró el primer caso de coronavirus en la capital del Estado y que al primer domingo de junio (fecha en la que se llevaría a cabo la elección según el Código Electoral de Hidalgo) se tienen 2,266 casos positivos. Por su parte, el INE, ejerció la facultad de atracción y el primero de abril de 2020 el Consejo General del INE decidió pausar el proceso electoral para evitar aglomeraciones en el registro de las candidaturas, en la capacitación y asistencia electoral a funcionarios de casilla, en las campañas electorales, así como el día de la Jornada Electoral y actividades posteriores al proceso electoral.

Es importante precisar que al no llevarse a cabo las elecciones como se tenía previsto, se abre la pregunta sobre si mantendrán las administraciones salientes este periodo en el poder municipal, o si los ayuntamientos se quedarán vacíos porque las administraciones municipales tienen que entregar la cuenta pública del municipio a la nueva administración el 05 de septiembre. Para estos casos, en que la elección no se  ha llevado a cabo, la Constitución Política del Estado de Hidalgo en su artículo 126 especifica que en caso de no haber elección, el Congreso del Estado de Hidalgo es la institución encargada de elegir entre los vecinos los Concejos Municipales, pero, ¿Qué son los concejos municipales?, en las leyes del Estado no existe una definición de este concepto, solo nos indica la conformación de estos, quien designa entre los vecinos a los concejos municipales, el número de sus integrantes de acuerdo a la población de cada entidad municipal, y cuáles son las actividades a ejercer durante el tiempo que estén hasta que haya una nueva elección. La RAE, define a un concejo como un ayuntamiento, corporación municipal o municipio. Lo que claramente implica que tiene relación completa con el municipio. Y es aquí donde la democracia se ve rebasada, porque el concejo municipal no se elegirá por votación de los ciudadanos sino por una designación del Poder Legislativo Local, lo que tiene dos explicaciones, la primera es que la designación puede ser democrática debido que  los Diputados Locales fueron votados por la ciudadanía, por lo tanto es una acción legítima porque los legisladores tienen respaldo popular; por su parte, la segunda explicación es que puede calificarse como una imposición debido a que no existe un respaldo por parte de la ciudadanía en la toma de decisión de elegir a los concejos,  y que esta decisión será tomada “desde arriba” por el poder fáctico.

En este punto el Congreso Local tendrá la oportunidad de demostrar que es una legislatura de transición a la democracia, y que las acciones ejercidas por cada una de las fracciones parlamentarias, específicamente la mayoritaria tiene aún en sus manos la facultad de hacer de este proceso de elección de los concejos municipales, un proceso abierto a la ciudadanía para que participe, porque es cierto que en  la Ley Local, aún existen lagunas en cuanto al procedimiento de elección de los concejos municipales, esta facultad de elegirlos queda en las manos de la Comisión de Gobernación según el Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, sin embargo, no señala el procedimiento para la elección de los Concejos Municipales, y esta deliberación es de carácter histórico puesto que en el Estado de Hidalgo no se habían elegido para  los 84 ayuntamientos.

Muy relacionado al tema, es que existen variadas especulaciones sobre que esta elección de concejos no será posible puesto que la jornada electoral si se llevara a cabo pronto por “diversas fuentes” dicen por ahí. A lo cual hay que aclarar que no existe aún ninguna fecha del Consejo General del INE y que por su puesto sería irresponsable continuar la jornada electoral aun estando en semáforo rojo en Hidalgo, según las autoridades sanitarias. Si se realizaran los comicios, se tendría que dar por hecho que habría un repunte en los contagios, que además la participación ciudadana en las votaciones sería demasiado baja y sobre todo que los resultados no reflejarían la decisión de la mayoría de la ciudadanía.

Es un hecho que en Hidalgo comenzábamos a vivir una transición a la democracia, puesto que los Poderes del Estado han estado siempre en un solo partido. Hoy la democracia en Hidalgo implica un desafío enorme, y es deber de  las y los congresistas  darle a la población esperanza de que pueden participar en sus ayuntamientos, definitivamente, si se abre una convocatoria al público tendremos un gran ejemplo de democracia participativa, donde no solo los legisladores fueron elegidos por el pueblo, sino que estos hicieron su trabajo y rompieron el viejo esquema de las imposiciones acostumbradas por el antiguo régimen político.